Por Abel Cuapa
En sesión de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado, se aprobó tipificar la violencia psicológica contra menores de edad y adultos mayores aumentando su sanción, para incentivar su protección y por ende su desarrollo personal, familiar y social.
Esto después de diversas reformas al Código Penal, enviadas -por separado- por las diputadas Mónica Rodríguez Della Vecchia y Ruth Zárate Domínguez.
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De esta forma, se reformó la denominación de la Sección Primera del Capítulo Décimo Séptimo del Libro Segundo “Golpes y otras violencias” y el artículo 355 del Código Penal del Estado para quedar de la siguiente manera “Golpes y otras violencias físicas y psicológicas”
El diputado Eduardo Castillo López, celebró que se aplicara el principio de concentración tomando en cuenta que ambas iniciativas están relacionadas.
Expresó que con estas reformas se busca proteger a las personas menores y a las adultas mayores que sufran violencia psicológica, que se trata de cualquier acto u omisión que daña la estabilidad psicológica de la víctima puede consistir en amenazas, negligencia, abandono, descuido reiterado, insultos, gritos humillaciones, marginación, entre otros, y que repercute de manera importante en el individuo.
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