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Hacienda señala a 8 contribuyentes de Puebla por presunta facturación de operaciones simuladas

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los oficios 500-05-2025-31596 y 500-05-2025-31600, donde señala a ocho contribuyentes poblanos –personas físicas y morales– por presunta facturación de operaciones simuladas, también conocidas como “factureras” o Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).

De acuerdo con los documentos, seis contribuyentes fueron incluidos en el listado de presunción por emitir comprobantes fiscales sin contar con activos, personal o infraestructura, y dos más en el listado definitivo, tras no desvirtuar los hechos que se les imputan.


🧾 Publica Hacienda listados del artículo 69-B del Código Fiscal

La dependencia federal informó que los contribuyentes enlistados se encuentran bajo el supuesto del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece que los comprobantes fiscales expedidos por ellos carecen de efectos fiscales.

“Es de interés público detener la facturación de operaciones inexistentes y que la sociedad conozca a los contribuyentes que realizan este tipo de prácticas”, señala el documento oficial.

La SHCP precisó que los contribuyentes incluidos en el primer listado disponen de 15 días hábiles a partir de la última notificación para presentar pruebas y argumentos que les permitan desvirtuar los señalamientos ante la autoridad fiscal.


📍 Los ocho contribuyentes poblanos señalados por Hacienda

🔹 Primer listado (presunción de operaciones inexistentes)

  1. Grupo Agripext, S.A. de C.V., dedicada a servicios contables y administrativos.
    • Ausencia de activos, personal e infraestructura.
  2. Graneles de Tampico, S.A.S., con sede en Santa Cruz Tehuixpango, Puebla.
    • Comercio de combustibles fósiles sin capacidad material.
  3. Lucila Lozano Herrera, dedicada al comercio al por menor de gasolina y diésel.
    • Ausencia de activos y personal operativo.
  4. Warham Group, ubicada en Acamapixtli, Puebla.
    • Consultoría en administración y construcción sin infraestructura comprobada.
  5. Óscar Armando Zúñiga García, dedicado al comercio de combustibles.
    • Falta de capacidad material para prestar servicios.
  6. (Un contribuyente adicional no especificado en el DOF).
    • Incluido bajo el mismo supuesto del artículo 69-B.

🔹 Segundo listado (contribuyentes definitivos que no desvirtuaron los hechos)

  1. Dagico, S.A. de C.V., dedicada al comercio al por mayor de equipo de cómputo y artículos de papelería.
    • No presentó pruebas ante la autoridad.
  2. Elizabeth Martínez Clemente, con domicilio en San Andrés Cholula, Puebla.
    • Comercio al por mayor de materiales de desecho sin activos ni personal registrado.

⚖️ Sanciones previstas en el Código Fiscal de la Federación

La facturación de operaciones inexistentes o simuladas (EFOS) puede derivar en sanciones severas, conforme al Código Fiscal de la Federación, entre ellas:

  • 💸 Multa del 55% al 75% del monto de cada comprobante fiscal (Artículo 84, fracción XVI).
  • 🔒 Restricción temporal del Certificado de Sello Digital, lo que impide emitir CFDI (Artículo 17-H Bis, fracción V).
  • 🚨 De dos a nueve años de prisión a quienes adquieran comprobantes falsos cuando el monto evadido supere los 7.8 millones de pesos (Artículo 113 Bis).
  • 🧾 Inclusión en la “lista negra del SAT”, publicada conforme al artículo 69-B del CFF.

📊 Contexto nacional

El SAT y la SHCP mantienen operativos permanentes para identificar empresas fantasma y simulación de operaciones fiscales, prácticas que generan evasión de impuestos y afectan la competencia leal en el país.
La publicación de los listados busca fortalecer la transparencia fiscal y alertar a los contribuyentes para evitar relaciones comerciales con empresas señaladas por el artículo 69-B.

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