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Diputada Fedrha Suriano propone reconocer como víctimas a personas y comunidades afectadas por daños ambientales en Puebla

La iniciativa reforma el artículo 199 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla para fortalecer los mecanismos de protección ambiental y visibilizar a quienes resultan afectados por el deterioro del entorno natural.

Con el objetivo de reconocer la calidad de víctima en materia ambiental y establecer con claridad quiénes pueden ser considerados como tales cuando se generen actos u omisiones que provoquen daño o deterioro al ecosistema o que contravengan la normativa, la diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales presentó una iniciativa para reformar el artículo 199 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla.

Mediante la propuesta, la legisladora indica que se retoman criterios en el ámbito nacional e internacional, en los que se reconoce que las afectaciones ambientales pueden impactar directamente en las personas, comunidades y pueblos que habitan en los ecosistemas afectados o que dependen de los servicios ambientales que éstos proporcionan.

«Reconocer expresamente esta condición en la legislación estatal permite fortalecer los mecanismos de protección ambiental, visibilizar a las personas y colectividades que resultan afectadas por el deterioro del entorno natural y consolidar un marco jurídico que permita atender de manera más efectiva las consecuencias sociales, ambientales y patrimoniales derivadas de dichas afectaciones» , precisa la legisladora en la propuesta.


👥 ¿Quiénes serían reconocidos como víctimas?

La iniciativa indica que se reconocerá la calidad de víctima a:

Tipo de víctimaDescripción
Persona físicaDe manera individual o como integrante de una comunidad, que resida en el ecosistema afectado o sea beneficiaria de los servicios ambientales que este presta, y que sufra un daño o menoscabo en su integridad física o patrimonial
Grupos, comunidades y pueblos indígenas o equiparablesQue vean afectados sus derechos colectivos, bienes jurídicos comunes o el entorno natural necesario para su desarrollo y bienestar

📌 Resumen: lo que debes saber

AspectoDetalle
IniciativaReforma al artículo 199 de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable
PromoventeDiputada Fedrha Isabel Suriano Corrales
ObjetivoReconocer calidad de víctima a personas y comunidades afectadas por daños ambientales
BeneficiariosPersonas físicas, comunidades, pueblos indígenas y equiparables

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