Del patrullaje a la evidencia: la nueva frontera policial en México

Por: Guillermo Alberto Hidalgo Montes
El 4 de febrero de 2026, el Congreso del estado de Hidalgo aprobó una reforma constitucional local (artículo 90) para que, además del Ministerio Público, la Secretaría de Seguridad Pública estatal (SSPH) y policías municipales (e incluso autoridades federales en la materia) puedan participar en tareas de investigación, siempre “bajo la conducción y mando del Ministerio Público”. No es un giro menor: formaliza algo que en la práctica se hacía a medias (auxilios, entrevistas “de calle”, preservación de indicios), pero ahora abre la puerta a un modelo más cercano al estándar moderno: policía que no solo patrulla, sino que produce información y evidencia útil para judicializar.
La reforma hidalguense cae en un contexto nacional que se movió antes: desde diciembre de 2024 se modificó el artículo 21 constitucional para reafirmar que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías (y, en el texto reformado, también aparece explícitamente la Guardia Nacional y la secretaría del ramo de seguridad pública federal, según los decretos y versiones oficiales publicadas). En términos simples: el “quién investiga” ya no puede seguir descansando en un Ministerio Público rebasado; la policía debe convertirse en brazo técnico-operativo de la investigación, no solo en primer respondiente.
Ahora bien, esto suena excelente bien en el papel, este paso es necesario desde hace ya mucho tiempo en nuestro país. Sin embargo, lo difícil, es convertirlo en capacidades reales, especialmente cuando hablamos de delitos de fuero federal: robo de hidrocarburos, delincuencia organizada, armas, narcomenudeo ligado a redes mayores, trata, tráfico de personas, delitos fiscales, entre otros. El mensaje político es claro: “si el delito es federal, la calle es local”; y si la calle es local, la policía local necesita herramientas para producir casos, no solo para “poner a disposición”.
Cambió el marco habilitante: El estado de Hidalgo eleva a nivel constitucional local la participación de SSPH y policías municipales en investigación, bajo mando del Ministerio Público. Eso permite diseñar unidades, perfiles, manuales, indicadores y, sobre todo, justificar presupuesto y estructura para investigar (analistas, células, policía cibernética, inteligencia, cadena de custodia, videovigilancia, etc.).
No cambió lo esencial del sistema penal: quien conduce jurídicamente la investigación y decide judicializar sigue siendo el Ministerio Público; y la validez de lo que haga la policía dependerá de controles, legalidad y calidad de evidencia. En otras palabras: la reforma puede acelerar el “lado policía”, pero si no se sincroniza con fiscalías (locales y FGR) y con servicios periciales, lo que se gana en detenciones se pierde en audiencias.
Usted se preguntará ¿Por qué esto importa, particularmente en el fuero federal? Primero, porque la inteligencia territorial es insustituible. Una fiscalía federal puede tener mandato, pero no tiene ojos suficientes en cada colonia, carretera, tianguis, gasera o corredor industrial. La policía estatal y municipal sí ya que es su labor del día a día.
Segundo, porque los delitos federales de alto impacto suelen requerir reacción rápida con legalidad: asegurar un lugar, levantar entrevistas iniciales, procesar video, ubicar patrones (placas, rutas, cuentas, teléfonos), y escalar a la autoridad competente sin romper o comprometer la cadena de custodia. Eso no se improvisa; se entrena y se audita.
Tercero, porque si funciona, puede ser el prototipo para una medida nacional: policías locales “investigadoras” en serio (como en los países más policiológicamente avanzados que el nuestro), con estándares, conectividad, controles de confianza y protocolos homologados. De hecho, el propio Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica ya advertía, desde hace años, que la coordinación real requiere pasar de funciones empalmadas a una articulación con roles claros, y que la investigación es parte del mandato policial bajo conducción del MP.
Los retos reales de este nuevo paradigma son claros (y muchos) así como el dolor de cabeza de administraciones locales a través del tiempo: a) presupuesto, b) equipamiento, c) capacitación, d) corrupción y e) mandos
- Presupuesto: sin dinero etiquetado, la reforma se vuelve un comunicado. Salarios competitivos, analistas, turnos, mantenimiento tecnológico, licencias, peritos de apoyo, combustible, y (crítico) retención de personal capacitado.
- Equipamiento: investigar hoy es gestionar datos. C5/C5i, videovigilancia útil (no solo cámaras), lectores, analítica, interoperabilidad, cadena de custodia digital, y capacidades mínimas de ciber e inteligencia de fuentes abiertas. Además, para delitos federales, la coordinación tecnológica con FGR/SSPC/GN y el acceso a plataformas federales se vuelve el cuello de botella.
- Capacitación y certificación: la correcta operatividad depende de certificación de elementos. Y aquí está la trampa: capacitar a policías para “primer respondiente” no es lo mismo que formar investigadores. Se requieren competencias específicas: entrevista cognitiva, análisis de vínculos, procesamiento de información, redacción de informes para audiencia, preservación y embalaje, y comprensión práctica del CNPP. El financiamiento federal (como FASP) suele contemplar profesionalización y control de confianza como ejes, pero la ejecución en tiempo, calidad y cobertura es el reto permanente.
- Corrupción y captura: investigar delitos federales toca dinero grande. Si una institución local produce inteligencia sobre huachicol, armas o redes de extorsión, inevitablemente genera “valor” para el crimen: información, horarios, objetivos, protección. Organizaciones civiles han documentado precariedad, estancamientos y déficits en condiciones laborales y desarrollo institucional de policías, un caldo de cultivo para corrupción y rotación. Y en paralelo, evaluaciones como las de México Evalúa han enfatizado la vulnerabilidad estructural de policías municipales por precariedad y falta de garantías, lo que impacta directamente su integridad y desempeño. Si el Estado no protege a sus investigadores, alguien más lo hará (y cobrará por ello).
- Mandos y gobernanza: el diseño de mando importa más que el discurso: mandos policiales especializados en liderazgo y gestión de instituciones de seguridad ciudadana, unidades de asuntos internos funcionales, trazabilidad de decisiones, y evaluación por resultados que no incentive “fabricar culpables”. El peor incentivo posible es medir “éxito” por detenciones y no por judicializaciones sólidas.
Si este golpe de timón en el Estado de Hidalgo se trata de escalar a nivel nacional y comienza a ser una tendencia a mediano plazo, proponemos tres escenarios probables:
Escenario 1: Profesionalización acelerada y resultados judiciales (probable si hay inversión sostenida y controles duros)
El estado de Hidalgo se convierte en un laboratorio: unidades estatales y algunas municipales desarrollan capacidad real de investigación (analistas, inteligencia, procesamiento de video y datos), con protocolos homologados y supervisión del MP. La SSPH actúa como “integrador” para municipios con menor músculo, aprovechando C5i y mando coordinado, y la coordinación con fiscalías (incluida FGR cuando corresponda) se vuelve rutinaria. Resultado: más casos federales bien armados desde el territorio, menos impunidad operativa y mejores audiencias. Este escenario exige que los recursos tipo FASP se usen estratégicamente (tecnología útil + formación + control de confianza + carrera), no como gasto disperso.
Escenario 2: Implementación desigual y “dos velocidades” (probable por el mosaico municipal mexicano)
Solo capitales y corredores industriales (donde hay presupuesto y mando más estable) logran capacidades; el resto queda en funciones básicas. Algunos municipios tienen mayor capacidad instalada y otros no. A nivel nacional, esto se reproduce: estados con C5 robusto y academia fuerte avanzan; municipios pequeños quedan fuera. Resultado: se anuncia una política nacional, pero se vuelve un archipiélago de buenas prácticas. El riesgo aquí es político y operativo: la delincuencia se desplaza hacia territorios con menor capacidad investigadora y menor vigilancia institucional.
Escenario 3: Expansión sin controles, abuso e impunidad “tecnificada” (probable si se prioriza rapidez sobre legalidad)
Se crea “policía investigadora” sin inversión real, con capacitación superficial y mandos capturados o improvisados (¿recuerdan el fallido modelo de policías acreditables?). La tecnología se compra pero no se audita; la inteligencia se filtra (como ya ha pasado); aumentan detenciones mal integradas, cateos mal sustentados, evidencia contaminada y casos que se caen. El daño más severo: la ciudadanía percibe que la investigación local es una herramienta de presión, no de justicia; y los delitos federales (por su rentabilidad) se vuelven el campo preferido para la corrupción. Aquí, la reforma no solo no reduce la impunidad: la reorganiza.
La conclusión incómoda a esta tendencia es apostar por algo que México necesita a gritos: que la policía deje de ser solo reacción y se convierta en capacidad de investigación bajo mando del Ministerio Público, como manda el diseño constitucional. Pero si se pretende llevarlo a escala nacional, hay que decirlo sin maquillaje: no es un “cambio de atribuciones”, es un cambio de modelo de negocio institucional. Cuesta dinero sostenido (no solo subsidios), exige equipamiento interoperable, requiere formación de investigadores (no cursos), demanda blindajes anticorrupción y un rediseño de mandos con controles y métricas correctas.
La pregunta para 2026 no es si las policías locales “pueden” investigar. La ley ya abrió la puerta. La pregunta es si el Estado mexicano (en plural: Federación, estados y municipios) está dispuesto a pagar el precio de hacerlo bien, o si repetiremos el patrón: reformas ambiciosas con implementación mínima. En seguridad, esa diferencia se mide en algo muy concreto: casos que llegan a sentencia, o expedientes que terminan en archivo.
hidalgomontes@gmail.com
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